Reflexión relativa a lo planteado por el Cmdt. Hugo Chávez en su “Libro Azul”, en cuanto a la educación y el trabajo.
Reflexión relativa a lo planteado por el Cmdt. Hugo Chávez en su “Libro Azul”, en lo referente a la educación y el trabajo.
Por: Freddy Marcial Ramos.
26/06/22
Respetables lectoras y lectores
En el contenido del Libro Azul en relación al aspecto laboral, nuestro Cmdt. Hugo Chávez plantea lo siguiente: “En el conocimiento, el saber y la cultura del trabajo, no habló nuestro Libertador Simón Bolívar del capital ni del capitalismo, en tal sentido Bolívar fue un verdadero pensador socialista, por esa razón hablamos hoy del socialismo bolivariano en el proceso de revolución socialista”; en este criterio de nuestro Cmdt. Hugo Chávez enfoca que para lograr un proceso revolucionario socialista exitoso, las personas deben estudiar y capacitarse en todas las áreas del saber científico, tecnológico y técnico, además del saber cultural e histórico geográfico; lo que significa que nadie debería dejar de estudiar si desea ser un trabajador o trabajadora exitoso/a, a fin de lograr existir con una vida digna; por tanto el Estado revolucionario socialista, en su rol de patrono empleador de trabajadoras y trabajadoras, así como el sector privado de la economía, están obligados a asignar un salario mínimo que satisfaga la necesidad de quienes laboran en todas las áreas de producción y productividad, bien sea en las empresas de producción industrial, o en cualquier área laboral de servicio administrativo o agropecuaria administrada en los diferentes niveles de gestión pública; por tanto, nuestro Comandante Hugo Rafael Chávez Frías en relación a la vinculación del proceso educativo como un derecho de los trabajadores y trabajadoras, hace énfasis en el derecho que tienen, de percibir un ingreso económico digno, para que pueda satisfacer sus particulares necidades económicas y las de su grupo familiar primario.
En este criterio de nuestro Cmdt. Hugo Chávez claramente enfoca, que para lograr un proceso revolucionario socialista exitoso, en consecuencia un trabajador exitoso o trabajadora de avance cognitivo debe ser eficiente en el campo laboral; en función de lograr existir con una vida digna; por tanto para que los trabajadores y trabajadoras puedan lograr una existencia vital humanamente dichosa, deberían percibir un ingreso económico que cubra la demanda de la necesidad de consumo de la dieta diaria y demás necesidades económicas del hogar; en consecuencia debe percibir un sueldo de acuerdo al nivel educativo y dependiendo de las condiciones laborales claramente previstas en la LOTTT y contempladas en el Art. 91 de la CRBV, que en tal sentido plantea:
“Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales. Se garantizará el pago de igual salario por igual trabajo y se fijará la participación que debe corresponder a los trabajadores y trabajadoras en el beneficio de la empresa. El salario es inembargable y se pagará periódica y oportunamente en moneda de curso legal, salvo la excepción de la obligación alimentaria, de conformidad con la ley. El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras del sector público y del sector privado un salario mínimo vital que será ajustado cada año de acuerdo a la variable inflacionaria, tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica. La ley establecerá la forma y el procedimiento”.
De acuerdo con este derecho constitucional y lo enfocado por nuestro Cmdt. Hugo Chávez en su libro azul, la ONAPRE y demás instituciones del Estado revolucionario socialista venezolano, ahora cuando estamos recuperando nuestra capacidad productiva económica y debido a tal circunstancia histórica, nuestro Pdte. Nicolás Maduro procede en el mes de febrero del presente año, a aumentar el salario mínimo mensual de 7,00 BsD a medio Petro; o sea, a 130 BsD ya que dicha moneda virtual tenía un valor para esa fecha de 260,00 BsD; además en el Decreto presidencial, se establece que el ingreso mensual de los trabajadores y trabajadoras, debe ajustarse a lo previsto en el marco jurídico que norma dicho procedimiento económico administrativo; por tanto el Estado revolucionario socialista, no debe asumir políticas económicas en el sector laboral, muy similares o iguales a las impuestas por el ideario neoliberal capitalista.