"CACHICAMO DICIÉNDOLE A MORROCOY CONCHUDO"
Por: Freddy Marcial Ramos
21/08/25
Respetables lectoras y lectores.
Les comento que en mí querida República Bolivariana de Venezuela, en el vocablo popular existen dos muy vetustos adagios que dicen:
- "CACHICAMO DICIÉNDOLE A MORROCOY CONCHUDO"
- "CADA LADRÓN JUZGA POR SU CONDICIÓN"
Ambos adagios indican que una o varías personas naturales o jurídicas muy mal comportadas; no son quien, ni tienen moral, para: Despotricar, acusar, señalar, adjetivar, amenazar, coaccionar, intimidar e injuriar, a otras personas naturales y o jurídicas.
Pues bien! Esta premisa es aplicable absolutamente a los forajidos gobernantes estadounidenses y sus cooperantes genuflexos vende patria pro yanqui residente en Venezuela, en el resto de países americanos y otros países del mundo, que son soberanos e independientes; pero además la Carta de las Naciones Unidas, claramente establece en buena parte de su contenido, que todas las naciones que integran a dicha organización multilateral mundial, tienen el mismo derecho y deber de respetar y hacerse respetar; ya que no son colonias.
- "CACHICAMO DICIÉNDOLE A MORROCOY CONCHUDO"
- "CADA LADRÓN JUZGA POR SU CONDICIÓN"
Ambos adagios indican que una o varías personas naturales o jurídicas muy mal comportadas; no son quien, ni tienen moral, para: Despotricar, acusar, señalar, adjetivar, amenazar, coaccionar, intimidar e injuriar, a otras personas naturales y o jurídicas.
Pues bien! Esta premisa es aplicable absolutamente a los forajidos gobernantes estadounidenses y sus cooperantes genuflexos vende patria pro yanqui residente en Venezuela, en el resto de países americanos y otros países del mundo, que son soberanos e independientes; pero además la Carta de las Naciones Unidas, claramente establece en buena parte de su contenido, que todas las naciones que integran a dicha organización multilateral mundial, tienen el mismo derecho y deber de respetar y hacerse respetar; ya que no son colonias.
Ante el permanente comportamiento apátrida de unos cuantos y cuántas, venezolanos y venezolanas se debe aplicar sin consideración de ninguna índole, lo previsto en el Título I, Capítulo I, artículos del 128 al 132 del CPV; y lo previsto en la reforma parcial de la CRBV, en lo relativo a los actos de traición a la patria.
Así arda Troya, toda persona que exija intervención militar contra nuestra patria venezolana, aunque sea el mayor multimillonario o multimillonaria, debe ser encarcelado o encarcelada; tal como lo hacen en los EUA, país que adoran muchos y muchas apátridas genuflexos pro yanqui, residentes en nuestro país.
Así arda Troya, toda persona que exija intervención militar contra nuestra patria venezolana, aunque sea el mayor multimillonario o multimillonaria, debe ser encarcelado o encarcelada; tal como lo hacen en los EUA, país que adoran muchos y muchas apátridas genuflexos pro yanqui, residentes en nuestro país.
Ideológicamente, se puede ser diverso pensante político; lo que no se debe, ni debería ser el venezolano o venezolana, es apátrida conspirador o conspiradora, que exige a los forajidos gobernantes estadounidenses una invasión militar a nuestra patria venezolana.
Por ello el Ex Presidente Rafael Caldera dijo públicamente a través de los diversos medios de comunicación lo siguiente:
"Aquel que pide invasión militar para su país, merece que lo fusilen", para fortuna de los opositores y opositoras, que se amparan en el contenido del artículo 350 de la CRBV para estar permanente exigiendo a los forajidos gobernantes estadounidenses (Históricos invasores de países y asesinos de pueblos); que invadan e intervengan a nuestra querida República Bolivariana de Venezuela, pues saben perfectamente que no les van a aplicar condena de cadena perpetua, ni pena de muerte, tal como está previsto en las Cartas Magnas de: EUA - China - Egipto - Cuba y otros países existentes en el mundo.
Por ello el Ex Presidente Rafael Caldera dijo públicamente a través de los diversos medios de comunicación lo siguiente:
"Aquel que pide invasión militar para su país, merece que lo fusilen", para fortuna de los opositores y opositoras, que se amparan en el contenido del artículo 350 de la CRBV para estar permanente exigiendo a los forajidos gobernantes estadounidenses (Históricos invasores de países y asesinos de pueblos); que invadan e intervengan a nuestra querida República Bolivariana de Venezuela, pues saben perfectamente que no les van a aplicar condena de cadena perpetua, ni pena de muerte, tal como está previsto en las Cartas Magnas de: EUA - China - Egipto - Cuba y otros países existentes en el mundo.