Reflexión sobre lo planteando por el Cmdt Hugo Chávez en el Libro Azul y la clase trabajadora
Reflexión relativa a lo planteado por el Cmdt. Hugo Chávez en su “Libro Azul”, en lo referente a la educación y el trabajo.
Por: Freddy Marcial Ramos.
26/06/22
Respetables lectoras y lectores
En el contenido del Libro Azul en relación al aspecto laboral, el magnánimo Expresidente de la República Bolivariana de Venezuela, Cmdt. Hugo R. Chávez F plantea lo siguiente: “En el conocimiento, el saber y la cultura del trabajo, no habló nuestro Libertador Simón Bolívar del capital ni del capitalismo, en tal sentido Bolívar fue un verdadero pensador socialista, por esa razón hablamos hoy del socialismo bolivariano en el proceso de revolución socialista”; en este criterio de nuestro Cmdt. Hugo Chávez enfoca que para lograr un proceso revolucionario socialista exitoso, las personas deben estudiar y capacitarse en todas las áreas del saber científico, tecnológico y técnico, además del saber cultural e histórico geográfico; lo que significa que nadie debería dejar de estudiar si desea ser un trabajador o trabajadora exitoso/a, a fin de lograr existir con una vida digna; por tanto el Estado revolucionario socialista, en su rol de patrono empleador de trabajadoras y trabajadoras, así como el sector privado de la economía, están obligados a asignar un salario mínimo revisable semestralmente tal como está previsto en el artículo 91 de la CRBV, que al respecto plantea ¬¨Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que les permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales. Se garantizará el pago de igual salario por igual trabajo y se fijará la participación que debe corresponder a los trabajadores y trabajadoras en el beneficio de la empresa. El salario es embargable y se cancelará oportunamente en moneda de cur so legal salvo excepción de la obligación alimentaria, de conformidad con la ley.
El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras del sector público y privado, un salario mínimo vital que será ajustado cada año, tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica. La ley establecerá la forma y el procedimiento¨.
Tomando en cuenta el contenido del artículo 91 de la CRBV antes citado y lo previsto en el art. 111 de la LOTTT, pero en las actuales circunstancias económicas que afectan la economía nacional debido al criminal bloqueo económico impuesto ilegalmente por los gobernantes forajidos de EUA, el gobierno revolucionario socialista venezolano presidido por el ciudadano Nicolás Maduro M. en aras de fortalecer el desarrollo económico del país, opto por suspender la garantía constitucional laboral prevista en el art. 91 de la CRBV y el art. 111 de la LOTTT, ya que como el Estado venezolano es el mayor empleador de trabajadores y trabajadores en el país, por tal circunstancia, procedió a emitir el muy rechazado Decreto ONAPRE y la Ley Especial de las Zonas Económicas; tales aspectos jurídicos, conculcan los derechos laborales reivindicativos de los trabajadores y trabajadoras del país y protegen los intereses económicos del inversionista empresarial; lo que se ha considerado una actuación político social de carácter neoliberal, distanciándose de la concepción que tuvo el Cmdt Chávez descrita en el contenido del Libro Azul, relativa al trato que el Estado socialista venezolano debe darle al sector laboral productivo y pasivo, bien sea en las empresas de producción industrial, o en cualquier área laboral de servicio administrativo o agropecuaria administrada en los diferentes niveles de gestión pública o privada; por tanto, el Comandante Hugo Rafael Chávez Frías en relación a la vinculación del proceso educativo como un derecho de los trabajadores y trabajadoras, hace énfasis en el derecho que tienen, de percibir un ingreso económico digno, para que pueda satisfacer sus particulares necesidades económicas y las de su grupo familiar primario.
En este criterio de el Cmdt. Hugo Chávez claramente enfoca, que para lograr un proceso revolucionario socialista exitoso, en consecuencia un trabajador exitoso o trabajadora de avance cognitivo debe ser eficiente en el campo laboral; en función de lograr existir con una vida digna; por tanto para que los trabajadores y trabajadoras puedan lograr una existencia vital humanamente dichosa, deberían percibir un ingreso económico que cubra la demanda de la necesidad de consumo de la dieta diaria y demás necesidades económicas del hogar; en consecuencia debe percibir un sueldo de acuerdo al nivel educativo y dependiendo de las condiciones laborales claramente previstas en el art. 111 de la LOTTT y contempladas en el Art. 91 de la CRBV, que en tal sentido plantea:
De acuerdo con este derecho constitucional y lo enfocado por el Cmdt. Hugo Chávez en su libro azul, la ONAPRE y demás instituciones del Estado revolucionario socialista venezolano, ahora cuando estamos recuperando nuestra capacidad productiva económica y debido a tal circunstancia histórica, nuestro Pdte. Nicolás Maduro procede en el mes de febrero del año 2021, a aumentar el salario mínimo mensual de 7,00 BsD a medio Petro; o sea, a 130 BsD ya que dicha moneda virtual tenía un valor para esa fecha de 260,00 BsD; además en el Decreto presidencial, se establece que ingreso mensual de los trabajadores y trabajadoras, debe ajustarse a lo previsto en el marco jurídico que norma dicho procedimiento económico administrativo; por tanto el Estado revolucionario socialista, no debe asumir políticas económicas en el sector laboral, muy similares o iguales a las impuestas por el ideario neoliberal capitalista.