Dia intencional de los trabajadores y trabajadoras. (1886 – 2025
Dia intencional de los trabajadores y trabajadoras.
(1886 – 2025)
(139 años)
Por: Freddy Marcial Ramos
Hoy primero de mayo de 2025, cuando se han cumplido ciento treinta y nueve años de la gran e histórica gesta femenina en la ciudad de Chicago/ EUA, aun en buena parte de los países que integran la geografía de nuestro planeta tierra, los lideres gubernamentales diversos ideológicos con sus cooperantes patronos empresariales privados, siguen con su accionar socio político y económico anti reivindicativo, en el ámbito ejecutivo y legislativo siguen asumiendo conductas que inducen a la explotación o neo esclavismos de los trabajadores y trabajadoras; muy a pesar de que se ha legislado para aprobar Cartas Magnas, Códigos, leyes orgánicas, reglamentos y contratos colectivos, que en cuyos contenidos se han introducidos cambios sustanciales orientados a proteger a la clase trabajadora; pero quienes dirigen a las instituciones ministeriales con la venia del liderazgo sindical cipayo, siguen permiten el mal trato a la clase obrera en todos los ámbitos tanto urbanos como rurales; ya que hasta la presente fecha, el monto de dinero que le asignan a las personas que gastaron su tiempo de vida útil para laborar en los sectores productivos o de servicio en el sector laboral público, sigue siendo insuficiente para cubrir sus gastos de manutención alimentaria, de salud, de vivienda y distracción; hasta ahora, que se sepa solo en la República Bolivariana de Venezuela, cumpliendo con lo previsto en el artículo 80 de la CRBV y el artículo 127 de la LOTTT.
Sin embargo, los trabajadores y trabajadoras que laboraron en el sector privado de la economía; muy a pesar de que el sector laboral a lo largo del tiempo de servicio, pagó paulatinamente el monto previsto por ley para cubrir su pensión asignada a ser cancelada cuando ya por razones de vejes o incapacidad no puedan continuar laborando de forma activa, aun así, debe soportar sopotocientas penurias para lograr que se le cancele ese beneficio legítimamente adquirido, este laborando en sector público o en el sector privado; e incluso en Latinoamérica los gobernantes de sus países tardan lo que les parece para dar cumplimiento a lo estipulado en la ley que protege a la clase trabajadora, pues el criterio maula, es el que domina la conducta psico social de quienes ejercen responsabilidades de empleador; pues aun que sean graduados y post graduados y hayan leído las teorías Herberg, Taylor y Carlos Marx, relativas al adecuado trato que se le debe dar al trabajador o la trabajadora, siempre concepto esclavista y los criterios de Adán Smith relativo al concepto reivindicativo laboral.