La increíble bonificación salarial y la miseria del salario mínimo que ahora está por debajo del valor del dólar BCV.
Por: Freddy Marcial Ramos.
13 – 08 – 2025
Es realmente sorprendente e increíble lo que está ocurriendo en la República Bolivariana de Venezuela, en relación al salario mínimo como base de cálculo para la contra prestación reivindicativa del servicio laboral; pues ya el valor del dólar con relación al monto del salario mínimo en Venezuela, ya que dicho salario está por debajo del valor cotidiano del euro y el dólar como divisa de cambio controlada por el Banco Central de Venezuela; y el sector empresarial anclado en FEDECAMARAS, FEDEINDUSTRIA y FEDECOMERCIO, está gozando un puyero, ya que sector sindical venezolano quien se nutre con tremendo BOZAL DE AREPAS, está prácticamente inerte ante tremenda injusticia socio económica laboral, sobre todo para aquellos y aquellas ex trabajadores/as jubilados/as y pensionados/as, a los cuales ese extremo pírrico ingreso económico mensual ya casi no les alcanza ni para comprar la sal con la cual sazonan la comida que ingieren.
Este criterio lo emito con conocimiento de causa, ya que actualmente soy profesor instructor contratado en la UNSR y el sueldo que percibo mensualmente es de 266,00 bolívares, lo que significa un ingreso mensual neto de apenas 2 dólares y una bonificación de 160 dólares al mes (Bono de guerra 120 $ más 40 $ de cesta ticket); total 162 $ al mes.
Pero es importante tener en cuenta que el cálculo de las prestaciones y las contra prestaciones sociales, se hacen en base al salario mínimo; si los trabajadores y trabajadoras, están protegidos por Contratos Colectivos y en sus cláusulas se establece el salario integral para el cálculo de las pensiones sociales, solo así pudieran ser medianamente reivindicados/as, de lo contrario el empleador)ra solo cancelará 45 días en base al salario mínimo tal como está en la ley del trabajo; lo que constituye una verdadera miseria económica percibida por su remuneración.
Este criterio lo emito con conocimiento de causa, ya que actualmente soy profesor instructor contratado en la UNSR y el sueldo que percibo mensualmente es de 266,00 bolívares, lo que significa un ingreso mensual neto de apenas 2 dólares y una bonificación de 160 dólares al mes (Bono de guerra 120 $ más 40 $ de cesta ticket); total 162 $ al mes.
Pero es importante tener en cuenta que el cálculo de las prestaciones y las contra prestaciones sociales, se hacen en base al salario mínimo; si los trabajadores y trabajadoras, están protegidos por Contratos Colectivos y en sus cláusulas se establece el salario integral para el cálculo de las pensiones sociales, solo así pudieran ser medianamente reivindicados/as, de lo contrario el empleador)ra solo cancelará 45 días en base al salario mínimo tal como está en la ley del trabajo; lo que constituye una verdadera miseria económica percibida por su remuneración.
He aquí el porqué de la importancia del aumento semestral del salario mínimo tomando en cuenta a la variable inflacionaria tal como está previsto en el Art 91 de la CRBV y el Art 108 de la LOTTT, normas jurídicas que regulan la protección socio económica laboral en Venezuela.
Pero lamentablemente tanto el patrón Estado y el patrón privado, han estado violando las normas jurídicas antes señaladas, con la sorprendente anuencia del sector sindical laboral venezolano.
Con la excusa de el bloqueo económico que ahora afecta a la economía venezolana, tanto el Estado, así como el sector empresarial privado han venido conculcando el Derecho laboral en Venezuela, sobre todo a jubilados y pensionados.